Permiso por nacimiento: 19 semanas para cada progenitor, cómo pedirlo y qué cobras

El permiso por nacimiento sustituyó en 2021 a las antiguas bajas de maternidad y paternidad, que pasaron a ser iguales para los dos progenitores. El Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio, lo amplió de 16 a 19 semanas por progenitor. Son semanas individuales: no se pueden ceder al otro progenitor.
- Cómo se reparten las 19 semanas
- ¿Cuánto se cobra durante el permiso por nacimiento?
- Requisitos para cobrar la prestación
- Ampliaciones: cuándo te corresponden más semanas
- Cómo solicitar el permiso paso a paso
- Las 2 semanas hasta los 8 años
- Diferencias con la antigua baja de maternidad y paternidad
- Preguntas frecuentes sobre el permiso por nacimiento
Cómo se reparten las 19 semanas
Las 19 semanas no se disfrutan necesariamente seguidas. Se dividen en tres bloques con reglas distintas:
- 6 semanas obligatorias, ininterrumpidas y a jornada completa, inmediatamente después del parto, la adopción o el acogimiento.
- 11 semanas que pueden disfrutarse de forma acumulada o por periodos semanales, seguidos o separados, hasta que el menor cumpla 12 meses. Hay que avisar a la empresa con al menos 15 días de antelación, y pueden disfrutarse a tiempo parcial si hay acuerdo con la empresa.
- 2 semanas para el cuidado del menor que pueden disfrutarse hasta que cumpla 8 años, también con preaviso.
Estas 2 semanas forman parte de las 19, no son adicionales. Para nacimientos ocurridos entre el 2 de agosto de 2024 y la entrada en vigor del real decreto-ley, que ya habían disfrutado el permiso anterior, la norma permitió disfrutar las semanas añadidas más adelante.
¿Cuánto se cobra durante el permiso por nacimiento?
La prestación es el 100 % de la base reguladora, que se calcula con la base de cotización por contingencias comunes del mes anterior al inicio del permiso. Si tu nómina incluye pagas extra prorrateadas o complementos, cuentan en la medida en que cotizan. Durante el permiso se sigue cotizando a la Seguridad Social, así que no afecta a la jubilación.
La prestación tributa en el IRPF y la Seguridad Social practica retención; para entender cómo afecta a tu neto, revisa cómo se calcula el IRPF en la nómina.
Requisitos para cobrar la prestación
Hay que estar afiliado y en alta (o en situación asimilada) y acreditar una cotización mínima que depende de la edad en la fecha del nacimiento:
- Menores de 21 años: sin periodo mínimo de cotización.
- De 21 a 26 años: 90 días cotizados en los 7 años anteriores, o 180 días en toda la vida laboral.
- Mayores de 26 años: 180 días cotizados en los 7 años anteriores, o 360 días en toda la vida laboral.
Si tienes dudas, consulta tu informe de vida laboral antes del parto. Si la madre biológica no cumple la cotización, puede tener derecho a un subsidio no contributivo durante 42 días.
Ampliaciones: cuándo te corresponden más semanas
- Familias monoparentales: 32 semanas.
- Parto, adopción o acogimiento múltiple: 2 semanas más por cada hijo a partir del segundo, una para cada progenitor. Con gemelos, cada progenitor tiene 20 semanas.
- Discapacidad del hijo: 2 semanas más, una para cada progenitor.
- Parto prematuro u hospitalización del recién nacido durante más de 7 días: el permiso se amplía tantos días como dure la hospitalización, con un máximo de 13 semanas adicionales.
Cómo solicitar el permiso paso a paso
Por internet: en la sede electrónica de la Seguridad Social, en el trámite "Nacimiento y cuidado de menor", identificándote con certificado digital o Cl@ve (también hay un acceso con verificación por SMS). La inscripción en el Registro Civil y el informe de maternidad suelen comunicarse de forma electrónica, aunque pueden pedirte documentación adicional.
En persona: con cita previa en un centro de atención e información de la Seguridad Social (CAISS). Puedes pedirla en la web de cita previa de la Seguridad Social o por teléfono.
¿Cuándo hay que pedirla? Lo recomendable es solicitarla en cuanto empieza el permiso. Si la pides dentro de los 3 meses siguientes, cobras desde el inicio; si la pides después, solo se pagan los 3 meses anteriores a la solicitud.
Las 2 semanas hasta los 8 años
Las 2 semanas para el cuidado del menor no se disfrutan automáticamente con el resto: hay que comunicarlas a la empresa y solicitar la prestación cuando se vayan a usar, antes de que el menor cumpla 8 años. Son independientes de otros derechos de conciliación del Estatuto de los Trabajadores, como la reducción de jornada, la excedencia o el permiso parental de 8 semanas, que sigue sin estar retribuido.
Diferencias con la antigua baja de maternidad y paternidad
Hasta 2019 existían dos figuras separadas: la baja de maternidad (16 semanas) y el permiso de paternidad, mucho más corto. La reforma de 2019 los igualó de forma progresiva hasta llegar a 16 semanas para cada progenitor en 2021, y el Real Decreto-ley 9/2025 los amplió a 19. La única diferencia práctica es que la madre biológica debe disfrutar las 6 semanas obligatorias desde el parto.
Para conocer otras prestaciones a las que puedes tener derecho según tu situación laboral, conviene revisar también las ayudas estatales por nacimiento y por hijo a cargo.
Preguntas frecuentes sobre el permiso por nacimiento
¿Puedo disfrutar las 11 semanas en periodos sueltos? Sí, por semanas completas, de forma acumulada o interrumpida, hasta que el menor cumpla 12 meses, avisando a la empresa con 15 días de antelación.
¿Qué pasa si soy autónomo? Los autónomos tienen derecho a la misma prestación, con los mismos requisitos de cotización. Se solicita a la Seguridad Social (INSS), no al SEPE.
¿Se puede disfrutar a tiempo parcial? Sí, las semanas no obligatorias pueden disfrutarse a tiempo parcial si hay acuerdo con la empresa; en ese caso, el permiso se alarga en proporción.
¿El permiso cotiza a la Seguridad Social? Sí. Durante el permiso se sigue cotizando, por lo que no perjudica a la pensión ni a otras prestaciones.
¿Qué pasa si el bebé está hospitalizado? En caso de parto prematuro u hospitalización, el permiso puede empezar a contar desde el alta hospitalaria (salvo las 6 semanas obligatorias de la madre) y, si la hospitalización dura más de 7 días, se amplía hasta 13 semanas.
Para estimar el neto tras retenciones, consulta nuestra guía de los tramos del IRPF.
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