Cómo calcular el IRPF en la nómina: tramos, tipos y ejemplos prácticos

Calcular el IRPF en la nómina es fundamental para entender cuánto dinero te descuentan cada mes y por qué. La retención del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) que aparece en tu recibo de salario es un anticipo del impuesto que pagarás al presentar la declaración de la renta. Cuanto mejor lo entiendas, mejor podrás anticipar si tu declaración saldrá a devolver o a pagar.
- ¿Qué es la retención del IRPF en nómina?
- Tramos del IRPF: escala estatal y autonómica
- ¿Cómo calcula la empresa tu retención?
- Ejemplo práctico: cálculo del IRPF en nómina
- ¿Puedo pedir que me cambien el porcentaje de retención?
- Cómo verificar si tu retención es correcta
- ¿Cuándo conviene solicitar un cambio de retención?
- Retención en nóminas especiales: pagas extras y variables
- IRPF y trabajo desde casa
¿Qué es la retención del IRPF en nómina?
La retención es el porcentaje del salario bruto que la empresa descuenta mensualmente e ingresa directamente a la Agencia Tributaria (AEAT) en nombre del trabajador. Es un adelanto del impuesto anual sobre la renta. Al hacer la declaración de la renta, se compara la suma de todas las retenciones practicadas durante el año con la cuota íntegra que corresponde pagar: si las retenciones superan lo debido, Hacienda devuelve la diferencia; si son insuficientes, el contribuyente paga la diferencia.
Tramos del IRPF: escala estatal y autonómica
El IRPF es un impuesto progresivo: a mayor renta, mayor porcentaje de impuesto. La escala estatal que se aplica a la base liquidable general es la siguiente:
- Hasta 12.450 euros: 9,5%
- De 12.450 a 20.200 euros: 12%
- De 20.200 a 35.200 euros: 15%
- De 35.200 a 60.000 euros: 18,5%
- De 60.000 a 300.000 euros: 22,5%
- Más de 300.000 euros: 24,5%
A esta escala se suma la escala autonómica, que fija cada comunidad. El tipo marginal máximo total (estatal + autonómico) en 2026 va del 45 % de Madrid al 53,85 % de la Comunidad Valenciana:
| Comunidad autónoma | Tipo máximo autonómico | Tipo marginal máximo total |
|---|---|---|
| Madrid | 20,5 % | 45 % |
| Castilla y León | 21,5 % | 46 % |
| Andalucía, Galicia, Murcia, Castilla-La Mancha | 22,5 % | 47 % |
| Cantabria | 24,5 % | 49 % |
| Baleares | 24,75 % | 49,25 % |
| Extremadura | 25 % | 49,5 % |
| Cataluña, Aragón | 25,5 % | 50 % |
| Asturias, Canarias | 26 % | 50,5 % |
| La Rioja | 27 % | 51,5 % |
| Comunidad Valenciana | 29,35 % | 53,85 % |
Fuente: Ministerio de Hacienda, Tributación Autonómica. Medidas 2026. País Vasco y Navarra tienen su propio IRPF foral. El tipo efectivo (lo que pagas de media sobre tu renta) siempre es bastante inferior al marginal. Más detalle en nuestra guía de los tramos del IRPF.
¿Cómo calcula la empresa tu retención?
La empresa utiliza el formulario modelo 145 que el trabajador cumplimenta al incorporarse o cuando cambia su situación personal. Con esos datos aplica las tablas publicadas por la AEAT para calcular el tipo de retención mensual. Los factores que influyen en el porcentaje son:
- El salario bruto anual previsto.
- La situación familiar (soltero/a, casado/a, número de hijos, ascendientes a cargo).
- Si el trabajador tiene o tiene a su cargo personas con discapacidad reconocida.
- Las aportaciones a planes de pensiones.
- Si tiene derecho a la deducción por vivienda habitual (comprada antes de 2013).
Ejemplo práctico: cálculo del IRPF en nómina
Imaginemos un trabajador soltero sin hijos que reside en Madrid y tiene un salario bruto anual de 30.000 euros:
- Rendimiento íntegro del trabajo: 30.000 euros.
- Gastos deducibles: cotizaciones a la Seguridad Social (6,50 % en 2026, unos 1.950 euros) y 2.000 euros de "otros gastos" que se aplican a todos los asalariados. A partir de unos 19.750 euros de rendimiento neto ya no se aplica la reducción por rendimientos del trabajo.
- Rendimiento neto y base liquidable: unos 26.050 euros.
- Cuota estatal: aplicando la escala estatal a 26.050 euros salen unos 2.990 euros, a los que se resta lo que correspondería al mínimo personal (5.550 euros al 9,5 %, unos 527 euros): unos 2.463 euros.
- Cuota autonómica: se calcula igual con la escala y los mínimos de la Comunidad de Madrid, y es algo menor que la estatal.
- Retención: el tipo resultante para este perfil suele rondar el 15 %, es decir, unos 375 euros al mes en 12 pagas. Comprueba tu caso exacto con el simulador de retenciones de la Agencia Tributaria.
¿Puedo pedir que me cambien el porcentaje de retención?
Sí. El trabajador puede solicitar a la empresa un tipo de retención superior al calculado, lo que puede ser útil para evitar que la declaración salga a pagar. Sin embargo, no es posible solicitar una retención inferior al mínimo legal. Si cambia la situación personal o familiar (nacimiento de un hijo, separación, compra de vivienda), debe actualizarse el modelo 145 para que la empresa recalcule la retención.
Cómo verificar si tu retención es correcta
La Agencia Tributaria pone a disposición de los contribuyentes un simulador de retenciones en su sede electrónica (agenciatributaria.gob.es). Introduciendo los datos personales y el salario bruto anual, el simulador calcula el tipo de retención que debería aplicar la empresa. Si hay discrepancia, conviene comunicarlo a recursos humanos para que corrijan el error cuanto antes.
¿Cuándo conviene solicitar un cambio de retención?
Hay situaciones que justifican revisar el tipo de retención con tu empresa durante el año. Si has tenido un hijo, si te has casado, si has empezado a pagar una hipoteca por vivienda habitual comprada antes de 2013, o si prevés que vas a tener ingresos por segunda actividad, puede ser conveniente actualizar el modelo 145. Un tipo de retención incorrecto implica que la declaración de la renta saldrá a pagar (si te han retenido menos de lo debido) o que estás financiando a Hacienda sin interés (si te han retenido de más).
Retención en nóminas especiales: pagas extras y variables
Las pagas extraordinarias y los conceptos variables (bonus, comisiones) también están sujetos a retención del IRPF. La empresa puede aplicar la retención del mismo tipo que aplica al salario mensual o calcularla de forma específica según la normativa. En cualquier caso, el efecto en la declaración anual es el mismo: se acumula junto al resto de retenciones practicadas durante el año.
IRPF y trabajo desde casa
Si tu empresa te compensa los gastos del teletrabajo (internet, electricidad...) con una cantidad en la nómina, según la Dirección General de Tributos esa compensación tributa como rendimiento del trabajo y está sujeta a retención. Lo que no tributa es la entrega de los medios necesarios para trabajar, como el ordenador que te presta la empresa.
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