Ingreso Mínimo Vital (IMV) 2026: requisitos, cuantías y cómo solicitarlo

¿Cómo solicitar el ingreso mínimo vital?
El IMV en 2026 ha subido un 11,4%. La cuantía mínima para una persona sola es de ~734 €/mes (frente a los 659 € de 2025). Para familias con hijos la renta garantizada es mayor. Se solicita online en imv.seg-social.es o en cualquier oficina del INSS.

El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es la principal ayuda económica estatal para prevenir la pobreza y la exclusión social. En 2026 beneficia a más de 2,4 millones de personas en 799.000 hogares, tras una subida del 11,4% — la mayor de las prestaciones del sistema.

Índice
  1. ¿Quién puede solicitar el IMV en 2026?
    1. Como persona individual
    2. Como unidad de convivencia
  2. Cuantías del IMV en 2026 (+11,4% respecto a 2025)
  3. ¿El IMV es compatible con trabajar?
  4. Cómo solicitar el IMV en 2026
  5. Obligaciones del beneficiario
  6. Las cuantías exactas del IMV en 2026 según el tipo de hogar
  7. El Complemento de Ayuda para la Infancia: compatible con el IMV
  8. ¿Qué pasa si trabajo mientras cobro el IMV?
  9. Preguntas frecuentes
    1. ¿El IMV cuenta como ingreso para otros trámites?
    2. ¿Qué obligaciones tiene el beneficiario del IMV?

¿Quién puede solicitar el IMV en 2026?

Como persona individual

  • Tener al menos 23 años (o entre 18 y 22 si eres huérfano absoluto o ex-tutelado)
  • Residir legalmente en España de forma continuada durante el último año
  • Ingresos inferiores a la renta garantizada correspondiente
  • No ser administrador de una empresa

Como unidad de convivencia

  • El titular debe tener al menos 23 años
  • Todos los miembros deben residir legalmente en España
  • La unidad de convivencia debe llevar al menos 6 meses conviviendo

Cuantías del IMV en 2026 (+11,4% respecto a 2025)

Composición del hogar Renta garantizada mensual 2026
Persona sola ~734 €
2 adultos ~917 €
2 adultos + 1 menor ~1.101 €
2 adultos + 2 menores ~1.284 €
Hogar monoparental +22% adicional sobre la base

Complemento de Ayuda para la Infancia 2026 (subida 11,4%):

  • Menores de 3 años: ~128 €/mes
  • Entre 3 y 6 años: ~90 €/mes
  • Entre 6 y 18 años: ~64 €/mes

¿El IMV es compatible con trabajar?

Sí. El incentivo al empleo protege parte de los ingresos laborales nuevos: un tramo de los nuevos ingresos por trabajo no reduce la cuantía del IMV. Trabajar siempre es económicamente beneficioso para el perceptor.

Cómo solicitar el IMV en 2026

  1. Accede a imv.seg-social.es
  2. Identifícate con Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico
  3. Completa el formulario — todos los miembros mayores de edad deben firmarlo
  4. También puedes solicitarlo en cualquier oficina del INSS con cita previa

Obligaciones del beneficiario

  • Presentar la declaración de la Renta (IRPF) todos los años — su no presentación suspende el IMV
  • Comunicar cambios en ingresos, composición familiar o domicilio
  • Participar en actividades de inserción laboral si el SEPE lo requiere

El IMV tiene un problema de acceso que lo hace muy difícil para quien más lo necesita: el proceso es 100% online y requiere Cl@ve. Para una familia en situación de exclusión social sin acceso a internet ni conocimientos digitales, solicitarlo es casi imposible sin ayuda. Si conoces a alguien que crees que tiene derecho al IMV pero no sabe cómo pedirlo, los servicios sociales del ayuntamiento pueden ayudarle a tramitarlo. No hace falta hacerlo solo.

Las cuantías exactas del IMV en 2026 según el tipo de hogar

Tipo de hogar Renta garantizada mensual
Persona sola ~734 €/mes
Dos adultos sin hijos ~1.027 €/mes
Un adulto con 1 hijo ~954 €/mes
Dos adultos con 1 hijo ~1.247 €/mes
Dos adultos con 2 hijos ~1.394 €/mes
Familia numerosa (2 adultos + 3 hijos) ~1.541 €/mes

Estas cuantías son la renta garantizada — si el hogar ya tiene ingresos, el IMV completa la diferencia hasta ese umbral. No es un pago fijo sino un complemento hasta el nivel garantizado.

El Complemento de Ayuda para la Infancia: compatible con el IMV

Además del IMV, los hogares con hijos menores de 18 años tienen derecho al Complemento de Ayuda para la Infancia (CAI). Lo importante: se puede cobrar el CAI aunque no se tenga derecho al IMV principal, si los ingresos del hogar están por debajo del umbral del complemento. Las cuantías del CAI en 2026:

  • Menores de 3 años: 128 €/mes por hijo
  • De 3 a 6 años: 96 €/mes por hijo
  • De 6 a 18 años: 64 €/mes por hijo

¿Qué pasa si trabajo mientras cobro el IMV?

El IMV es compatible con el trabajo — de hecho hay un incentivo al empleo incorporado: cuando empiezas a trabajar, el IMV no se elimina de golpe sino que se reduce de forma progresiva durante los primeros meses. Esto evita el "efecto trampa de la pobreza" donde trabajar puede salirte peor que no trabajar.

Preguntas frecuentes

¿El IMV cuenta como ingreso para otros trámites?

Sí. El IMV se declara en el IRPF aunque está exento de tributación hasta el límite del SMI. Para otros cálculos (ayudas al alquiler, becas) puede contar como ingreso según la normativa de cada ayuda.

¿Qué obligaciones tiene el beneficiario del IMV?

Estar inscrito como demandante de empleo en el servicio autonómico, comunicar cambios en la situación del hogar, aceptar ofertas de empleo adecuadas y participar en programas de activación. El incumplimiento puede llevar a la suspensión o extinción del IMV.

Para tramitar el IMV correctamente, la Seguridad Social revisará los periodos cotizados del solicitante; puedes adelantarte consultando tu vida laboral antes de presentar la solicitud.

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    4 Comentarios

  1. Lulian dice:

    Buenas tardes, es imposible contactar con el teléfono para información de trámite del ingreso mínimo vital, estuve una hora haciendo remarcación, fueron 50 llamadas en las cuales nunca pude hablar con un agente para saber cómo estaba mi trámite... es ilógico, pésima atención al ciudadano, yo solicité ésta prestación hace 4 meses y no tengo ninguna respuesta ni notificación. Pésimo servicio, ¿a dónde puedo contactar para ver cómo va mi trámite?.
    Cordialmente

    1. Ángel Luis Vázquez Nieto dice:

      Hola Lulian!

      Hay varias formas de comprobar si te han aprobado el ingreso mínimo vital (dependiendo de cómo hiciste la solicitud):

      Opción 1: Se hizo la solicitud a través de internet sin el certificado digital.
      Opción 2: Se hizo la solicitud online con el certificado digital.
      Opción 3: Se hizo la solicitud online con el certificado online (como representante del intresado)

      Te recomiendo que accedas a la página oficial: https://imv.seg-social.es/ y presionar en donde pone "Gestiona la solicitud presentada" y seguir las instrucciones.

      De todas formas, recuerda que el plazo máximo para una resolución de éste tipo es de 6 meses, por tanto aún estás en plazo.

      Saludos!

  2. M.V. dice:

    Hola,

    Tengo todos los requisitos para el Ingreso Mínimo Vital (I.M.V) pero me informan que no debo exceder de una cantidad (aproximadamente 780 euros). Somos 2 personas adultas y no sé si esa cantidad se duplica al ser 2, ya que mi marido tiene una pensión superior a esa cantidad.

    1. Ángel Luis Vázquez Nieto dice:

      Hola!

      Efectivamente, la Seguridad Social va a mirar los ingresos de la unidad familiar. Si su marido ya supera esa cantidad mínima para ser considerado/a vulnerable, no le corresponderá la ayuda del Ingreso Mínimo Vital.

      Un saludo!

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