Cuotas de autónomos 2026: tabla de tramos, tarifa plana y novedades

El sistema de cotización de los autónomos por ingresos reales, en vigor desde enero de 2023, se mantiene en 2026. Ante la falta de nuevos Presupuestos, el Real Decreto-ley 3/2026 prorrogó para 2026 las tablas de tramos previstas para 2025, y la Orden PJC/297/2026 (BOE de 31 de marzo de 2026) fijó las bases.
- Tabla de cuotas de autónomos 2026 (base mínima por tramo)
- Tarifa plana de autónomos 2026: 80 €/mes
- Novedades en las cuotas de autónomos 2026
- ¿Cómo se calculan los rendimientos netos?
- ¿Cómo gestionar la cuota en Importass?
- Cómo afectan las cuotas de autónomos a la pensión de jubilación
- Deducciones y gastos fiscales relacionados con la cuota de autónomo
- Si compaginas tu negocio con un trabajo por cuenta ajena (pluriactividad)
- El resto de tus obligaciones fiscales como autónomo
- Si tienes que cesar la actividad
- Preguntas frecuentes sobre la cuota de autónomos
Tabla de cuotas de autónomos 2026 (base mínima por tramo)
Hay 15 tramos: 3 en la tabla reducida y 12 en la general. La cuota mínima de cada tramo es su base mínima por el tipo del 31,50 % (redondeada):
| Tabla y tramo | Rendimientos netos mensuales | Base mínima | Cuota mínima (31,50 %) |
|---|---|---|---|
| Tabla reducida 1 | Hasta 670 € | 653,59 € | 205,88 € |
| Tabla reducida 2 | Más de 670 y hasta 900 € | 718,95 € | 226,47 € |
| Tabla reducida 3 | Más de 900 y menos de 1.166,70 € | 849,67 € | 267,65 € |
| Tabla general 1 | De 1.166,70 a 1.300 € | 950,98 € | 299,56 € |
| Tabla general 2 | Más de 1.300 y hasta 1.500 € | 960,78 € | 302,65 € |
| Tabla general 3 | Más de 1.500 y hasta 1.700 € | 960,78 € | 302,65 € |
| Tabla general 4 | Más de 1.700 y hasta 1.850 € | 1.143,79 € | 360,29 € |
| Tabla general 5 | Más de 1.850 y hasta 2.030 € | 1.209,15 € | 380,88 € |
| Tabla general 6 | Más de 2.030 y hasta 2.330 € | 1.274,51 € | 401,47 € |
| Tabla general 7 | Más de 2.330 y hasta 2.760 € | 1.356,21 € | 427,21 € |
| Tabla general 8 | Más de 2.760 y hasta 3.190 € | 1.437,91 € | 452,94 € |
| Tabla general 9 | Más de 3.190 y hasta 3.620 € | 1.519,61 € | 478,68 € |
| Tabla general 10 | Más de 3.620 y hasta 4.050 € | 1.601,31 € | 504,41 € |
| Tabla general 11 | Más de 4.050 y hasta 6.000 € | 1.732,03 € | 545,59 € |
| Tabla general 12 | Más de 6.000 € | 1.928,10 € | 607,35 € |
Dentro de cada tramo puedes elegir una base entre el mínimo y el máximo permitido. A mayor base, más cuota pero también mejores prestaciones futuras (jubilación, baja médica, cese de actividad).
Tarifa plana de autónomos 2026: 80 €/mes
- Primer año: 80 €/mes durante los primeros 12 meses para nuevos autónomos (y quienes lleven más de 2 años sin ser autónomos, o 3 si ya disfrutaron antes de la tarifa plana)
- Segundo año: prórroga de 12 meses más si los rendimientos netos no superan el SMI (1.221 €/mes en 2026)
- Colectivos especiales: las personas con discapacidad igual o superior al 33 % y las víctimas de violencia de género o de terrorismo tienen condiciones más amplias de cuota reducida
- Ayudas autonómicas: algunas comunidades autónomas tienen programas propios que subvencionan la cuota de los nuevos autónomos (la llamada «cuota cero»); consulta las de tu comunidad
Novedades en las cuotas de autónomos 2026
- Bases mínimas prorrogadas: los 15 tramos mantienen las bases mínimas de 2025; la base máxima pasa a 5.101,20 €/mes
- MEI al 0,9 %: el Mecanismo de Equidad Intergeneracional pasa del 0,8 % al 0,9 %, por lo que el tipo total pasa al 31,50 % y la cuota sube ligeramente (menos de 1 €/mes en el tramo más bajo)
- Regularización anual: la Seguridad Social regulariza las cotizaciones de ejercicios anteriores cuando Hacienda comunica tus rendimientos reales; si cotizaste por debajo de lo que te correspondía, tendrás que pagar la diferencia, y si cotizaste de más, te la devuelven
- Hasta 6 cambios de tramo anuales: puedes cambiar tu tramo cada 2 meses adaptándolo a la evolución de tus ingresos reales
¿Cómo se calculan los rendimientos netos?
Los rendimientos netos que determinan el tramo de cotización son:
- Ingresos de la actividad menos gastos deducibles (IRPF)
- Más las cuotas pagadas a la SS durante el año (para evitar circularidad)
- Menos una deducción por gastos genéricos: 7% si eres autónomo persona física; 3% si eres autónomo societario
- El resultado se divide entre los meses de alta para obtener el promedio mensual
¿Cómo gestionar la cuota en Importass?
Las gestiones se realizan en Import@ss: cambio de tramo, solicitud de tarifa plana y consulta de regularizaciones. La Seguridad Social tiene además un simulador de cuotas.
Un error habitual es declarar unos rendimientos previstos más bajos de los reales para pagar menos cuota. La Seguridad Social recibe de Hacienda tus rendimientos reales y regulariza después, así que acabarás pagando la diferencia.
Cómo afectan las cuotas de autónomos a la pensión de jubilación
Las cuotas que paga un autónomo generan derechos de pensión en función de la base de cotización. Quien cotiza siempre por la base mínima tendrá una pensión de jubilación más baja. Como la pensión se calcula con las bases de los últimos años de cotización, conviene valorar cotizar por bases más altas en esos años si los ingresos lo permiten. El sistema de cotización por ingresos reales hace que quien gana más cotice más y, previsiblemente, genere más pensión.
Deducciones y gastos fiscales relacionados con la cuota de autónomo
La cuota de autónomo no lleva IVA, así que no hay IVA que deducir, pero sí es deducible en el IRPF como gasto de la actividad económica. Reduce el rendimiento neto de la actividad, y el ahorro fiscal depende de tu tipo marginal de IRPF.
Si compaginas tu negocio con un trabajo por cuenta ajena (pluriactividad)
Si además de autónomo trabajas como asalariado, estás en situación de pluriactividad. Si en 2026 la suma de tus cotizaciones por contingencias comunes en ambos regímenes supera 17.323,68 €, tienes derecho al reintegro del 50 % del exceso (con el límite del 50 % de las cuotas ingresadas en el RETA por contingencias comunes). La Tesorería lo abona tras la regularización anual, normalmente en un plazo máximo de cuatro meses.
El resto de tus obligaciones fiscales como autónomo
La cuota a la Seguridad Social es solo una pieza del puzle. En paralelo tienes que mantener al día el modelo 130 de pago fraccionado del IRPF, que se presenta cada trimestre con independencia de si tu cuota está congelada o no, y el modelo 303 de IVA trimestral si tu actividad no está exenta. Son obligaciones independientes de la cotización: puedes tener la cuota perfectamente al día y aun así acumular sanciones por no presentar estos modelos en plazo.
Si tienes que cesar la actividad
No todos los negocios salen adelante, y si el tuyo no lo hace, no te quedas completamente desprotegido: existe la prestación por cese de actividad, el equivalente al paro de los autónomos, con requisitos de cotización previa específicos y bastante más exigentes que los del Régimen General. Antes de cerrar, conviene que revises con calma el procedimiento de cese de actividad para autónomos en 2026, porque los plazos de solicitud son ajustados y presentar la solicitud tarde puede dejarte sin la prestación aunque cumplas el resto de requisitos.
Preguntas frecuentes sobre la cuota de autónomos
¿Qué pasa si elijo un tramo equivocado por error?
No es un problema grave: puedes corregirlo dentro de los plazos habilitados para cambiar de tramo (hasta seis veces al año), y en la regularización posterior se ajusta según tus ingresos reales. Un error puntual no te penaliza de forma permanente.
¿La cuota de autónomos da derecho a las mismas prestaciones que cotizar como asalariado?
En gran medida sí: cotizar en el RETA genera derecho a jubilación, incapacidad y a la prestación por cese de actividad si cumples los requisitos, aunque el cálculo de algunas prestaciones varía respecto al Régimen General, sobre todo si históricamente has cotizado por bases mínimas.
¿Puedo pagar menos cuota si facturo poco algunos meses sueltos?
No de forma inmediata mes a mes. Lo que cuenta es tu previsión de rendimiento neto anual, que puedes ajustar varias veces al año, pero no existe una cuota "por meses sueltos" dentro de un mismo tramo elegido — para eso está la regularización anual.

Ver también: