Cómo hacer una factura correctamente: datos obligatorios y ejemplos

Una factura válida en 2026 debe incluir obligatoriamente: número y serie, fecha, datos del emisor y receptor (nombre, NIF, dirección), descripción del servicio, base imponible, tipo de IVA e importe total. Sin alguno de estos datos no es fiscalmente deducible para el receptor.
Índice
  1. Datos obligatorios de una factura
  2. Cómo numerar las facturas correctamente
  3. Cuándo aplicar IVA y a qué tipo
  4. La retención de IRPF: cuándo incluirla
  5. Errores que convierten una factura en inválida
  6. Preguntas frecuentes
    1. ¿Puedo hacer facturas en Excel o Word?
    2. ¿Qué es una factura simplificada y cuándo usarla?
    3. ¿Cuánto tiempo debo guardar las facturas?
  7. Qué pasa si emites una factura incorrecta
  8. Facturas entre autónomos: retención del IRPF

Datos obligatorios de una factura

El Reglamento de Facturación (RD 1619/2012) es claro sobre qué debe aparecer en toda factura para ser válida. Una factura incompleta puede que "parezca" factura pero Hacienda no la acepta en una inspección:

Dato Ejemplo Obligatorio
Número de factura 2026-001 Sí
Serie (opcional pero recomendable) A/2026 No obligatorio
Fecha de expedición 27/05/2026 Sí
Fecha de operación (si es distinta) 25/05/2026 Solo si difiere
Nombre/razón social del emisor Juan García López Sí
NIF del emisor 12345678A Sí
Domicilio del emisor Calle Mayor 1, 28001 Madrid Sí
Nombre/razón social del destinatario Empresa S.L. Sí (salvo factura simplificada)
NIF del destinatario B12345678 Sí (salvo factura simplificada)
Domicilio del destinatario Calle Sol 5, 08001 Barcelona Sí (salvo factura simplificada)
Descripción de la operación Diseño web corporativo — fase 1 Sí
Base imponible 1.000,00 € Sí
Tipo de IVA 21% Sí (si aplica)
Cuota de IVA 210,00 € Sí (si aplica)
Importe total 1.210,00 € Sí
IRPF retenido (si aplica) -150,00 € (15%) Si aplica retención

Cómo numerar las facturas correctamente

La numeración debe ser correlativa y sin saltos dentro de cada serie. Hacienda exige poder seguir la secuencia sin interrupciones:

  • Por año: 2026-001, 2026-002, 2026-003... Es el método más común.
  • Con series diferenciadas: útil si facturas a particulares y a empresas por separado — serie A para empresas, serie B para particulares, por ejemplo.
  • Nunca borres una factura: si te equivocas en una factura ya emitida, emite una factura rectificativa. Borrar o renumerar facturas es una infracción fiscal.

Cuándo aplicar IVA y a qué tipo

Situación IVA a aplicar
Servicios generales en España 21% (tipo general)
Hostelería, transporte de viajeros, peluquería 10% (tipo reducido)
Pan, leche, libros, medicamentos 4% (tipo superreducido)
Enseñanza reglada Exento de IVA
Servicios médicos y sanitarios Exento de IVA
Facturas a empresas de la UE (con NIF intracomunitario) 0% — operación intracomunitaria
Facturas a clientes fuera de la UE 0% — exportación

La retención de IRPF: cuándo incluirla

Si realizas una actividad profesional (no empresarial) y facturas a una empresa o a otro empresario o profesional, en general debes aplicar una retención de IRPF sobre la base imponible:

  • Retención general: 15% sobre la base
  • Retención reducida: 7 % el año de inicio de la actividad profesional y los dos siguientes, si no la ejerciste en el año anterior
  • No aplica retención si facturas a un particular, si tu actividad es empresarial (por ejemplo, venta de bienes) salvo casos concretos, o si el cliente no es residente ni tiene establecimiento en España

Errores que convierten una factura en inválida

  • Sin NIF del cliente: el receptor no puede deducir el IVA aunque tenga la factura.
  • Descripción vaga ("servicios varios"): Hacienda puede rechazarla. Describe exactamente qué hiciste.
  • Saltos en la numeración: pasar de la factura 5 a la 8 sin justificación levanta sospechas en inspección.
  • Fecha incorrecta: la fecha de expedición es la del día en que emites la factura, no la del cobro.
  • No guardar copia: hay que conservar las facturas al menos durante el plazo de prescripción fiscal (4 años) y, a efectos mercantiles, 6 años.

Preguntas frecuentes

¿Puedo hacer facturas en Excel o Word?

Hoy no hay obligación general de usar un software concreto. Pero el reglamento de sistemas informáticos de facturación (VeriFactu) obligará a que los programas que se usen para facturar cumplan sus requisitos: desde el 1 de enero de 2027 para las sociedades y desde el 1 de julio de 2027 para el resto, incluidos los autónomos. Consulta en la web de la Agencia Tributaria si tu forma de facturar queda afectada. Además, recuerda que como autónomo debes presentar trimestralmente tus liquidaciones de IVA e IRPF.

¿Qué es una factura simplificada y cuándo usarla?

La factura simplificada (el antiguo tique) se puede emitir, en general, en operaciones de hasta 400 € IVA incluido (hasta 3.000 € en determinados sectores, como el comercio minorista o la hostelería) y en las facturas rectificativas. No necesita los datos del cliente. Una empresa solo puede deducir el IVA de una factura simplificada si en ella constan su NIF y domicilio y la cuota de IVA desglosada.

¿Cuánto tiempo debo guardar las facturas?

A efectos fiscales, al menos 4 años desde que terminó el plazo para presentar la declaración correspondiente (más en algunos casos, como los bienes de inversión). El Código de Comercio exige conservar la documentación contable 6 años.

Qué pasa si emites una factura incorrecta

Una factura con errores puede ser rechazada por el cliente para la deducción del IVA o del IRPF, lo que genera problemas tanto para el emisor como para el receptor. Si detectas un error tras enviar la factura, debes emitir una factura rectificativa (que corrige la original) en lugar de modificar la factura original ya emitida. Nunca numeres una factura rectificativa con el mismo número que la original; usa una numeración independiente (por ejemplo R-001, R-002...).

Facturas entre autónomos: retención del IRPF

Cuando un profesional factura sus servicios a otro empresario o profesional en España, debe aplicar una retención del 15 % de IRPF (o del 7 % el año de inicio de la actividad y los dos siguientes). Esta retención la ingresa el cliente en Hacienda en nombre del autónomo. El autónomo que emite la factura la descuenta de su declaración anual de IRPF.

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