Contrato por obra y servicio: qué era y qué lo sustituyó tras la reforma laboral de 2022
Durante décadas, el contrato por obra y servicio fue una de las modalidades más utilizadas en España, llegando a representar cerca del 40% de toda la contratación. La Reforma Laboral de 2022 lo eliminó definitivamente con el objetivo de reducir la temporalidad estructural del mercado laboral español.
¿Qué era el contrato por obra y servicio?
Era un contrato temporal que vinculaba la duración del empleo a la realización de una obra o servicio concreto dentro de la empresa, con autonomía y sustantividad propias. Su duración era incierta (no tenía fecha concreta de fin) pero tampoco podía ser indefinida. Se utilizaba ampliamente en construcción, limpieza, IT, consultoría y servicios profesionales.
¿Cuándo se eliminó?
El Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, derogó el contrato por obra y servicio. La supresión entró en vigor el 30 de marzo de 2022. Los contratos firmados antes del 31 de diciembre de 2021 pudieron mantenerse hasta agotar su duración máxima, pero en 2026 ya no queda ninguno en vigor.
¿Qué contratos lo sustituyeron?
1. Contrato fijo discontinuo (la alternativa principal)
Para trabajos que se repiten periódicamente pero no son continuos todo el año. Es un contrato indefinido (no temporal), lo que supone un cambio fundamental. El trabajador puede cobrar el paro durante los períodos de inactividad. Usado ampliamente en hostelería, turismo, agricultura y contratas de servicios.
2. Contrato de duración determinada por circunstancias de la producción
Solo para necesidades ocasionales e imprevisibles. Duración máxima de 6 meses (ampliable a 12 meses por convenio sectorial). No sirve para cubrir necesidades estructurales o previsibles de la empresa — en ese caso debe usarse el fijo discontinuo.
3. Contrato de duración determinada por sustitución
Para sustituir a un trabajador con derecho a reserva de puesto (baja médica, maternidad, excedencia...). Sustituyó al antiguo contrato de interinidad.
Qué pasó con los trabajadores que tenían contrato por obra en 2022
La eliminación del contrato por obra y servicio el 30 de marzo de 2022 generó una situación compleja para las empresas y trabajadores que tenían estos contratos en vigor. La solución legal fue:
- Los contratos por obra vigentes en esa fecha podían mantenerse hasta su fecha de finalización prevista o hasta la terminación de la obra
- A partir del 30 de septiembre de 2022 (seis meses después), cualquier contrato por obra que llevara más de 3 años de duración se convertía automáticamente en indefinido
- Muchas empresas que usaban el contrato por obra como contrato indefinido encubierto tuvieron que regularizar su plantilla
Muchos trabajadores con contrato por obra fueron despedidos cuando terminó la obra y cobraron indemnizaciones de solo 12 días por año trabajado. Si tienes un despido antiguo de este tipo y crees que el contrato encubría en realidad un puesto permanente, consulta con un abogado laboralista: hay sentencias del Tribunal Supremo que reconocen que algunos de estos despidos fueron improcedentes.
Consecuencias de usar mal los contratos temporales en 2026
Desde la reforma de 2022 las sanciones por uso indebido de la temporalidad son más duras. Si la empresa encadena contratos temporales sin causa real o usa el contrato de duración determinada para cubrir necesidades estructurales permanentes, el trabajador puede reclamar la conversión en indefinido y la empresa puede ser sancionada:
- Si una empresa usa un contrato temporal sin causa justificada: el trabajador se convierte en indefinido automáticamente
- Si se encadenan contratos temporales más de 18 meses en un período de 24: conversión automática a indefinido
- Multas de la Inspección de Trabajo: entre 1.000 € y 10.000 € por trabajador afectado
- Recargo a la SS para contratos de menos de 30 días: 29,74 € adicionales por contrato
Preguntas frecuentes
¿Puedo reclamar si me despidieron con un contrato por obra que era realmente indefinido?
Sí. Si tu contrato por obra encubría en realidad un trabajo permanente y fue utilizado para evitar la contratación indefinida, puedes reclamar ante el Juzgado de lo Social. Hay sentencias del Tribunal Supremo que reconocen esta situación. Consulta con un abogado laboralista.
¿El fijo discontinuo cobra el paro en los períodos sin actividad?
Sí. Durante los períodos de inactividad el trabajador fijo discontinuo puede cobrar el paro si ha cotizado suficiente. Es una de las principales ventajas del fijo discontinuo frente al contrato temporal.

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