Contrato de formación en alternancia: cuánto cobra el trabajador y qué bonificaciones tiene la empresa en 2026

El contrato de formación en alternancia permite contratar jóvenes hasta 30 años combinando trabajo (65% jornada) y formación. El trabajador cobra como mínimo 794€/mes en 2026, y la empresa se ahorra hasta 199€ al mes en cotizaciones.

Pocas empresas saben que, mientras pagan un salario reducido a un trabajador en formación, también están dejando de ingresar dinero al Estado. Las bonificaciones del contrato de formación en alternancia llevan años ahí, y muchos empresarios simplemente no las aprovechan porque creen que el papeleo no merece la pena. La verdad es que sí merece la pena, y bastante.

En 2026, con el SMI a 1.221 euros mensuales, este tipo de contrato ha cobrado más protagonismo que nunca. Las reglas cambiaron con el Real Decreto 1065/2025, que introdujo nuevas exigencias pero también reforzó las bonificaciones para empresas que apuesten por contratar y formar a la vez.

Índice
  1. Qué es exactamente el contrato de formación en alternancia
  2. Quién puede firmar este contrato
  3. Cuánto cobra el trabajador en 2026
  4. Qué se ahorra la empresa: las bonificaciones reales
  5. Cómo funciona en la práctica: pasos para formalizarlo
  6. Novedades del Real Decreto 1065/2025
  7. Errores frecuentes que cometen empresas y trabajadores
  8. ¿Merece la pena desde el punto de vista del trabajador?
  9. Qué hacer ahora mismo

Qué es exactamente el contrato de formación en alternancia

Es un contrato laboral —no un convenio de prácticas, ojo con esto— pensado para que una persona trabaje y, al mismo tiempo, obtenga una cualificación profesional oficial. La formación debe estar vinculada a alguno de estos tres marcos: el Catálogo de Especialidades Formativas del SEPE, un ciclo de FP Dual, o estudios universitarios.

No es lo mismo que el antiguo contrato para la formación y el aprendizaje, aunque comparten nombre. La reforma laboral de 2021 unificó los contratos formativos en dos categorías: el de formación en alternancia (para quienes no tienen titulación en ese área) y el de prácticas profesionales (para quienes sí tienen título pero quieren experiencia). Este artículo habla del primero.

Quién puede firmar este contrato

Desde el lado del trabajador, los requisitos son claros:

  • Tener hasta 30 años. No hay límite de edad si la persona tiene una discapacidad reconocida o si el contrato se vincula a un ciclo de FP o titulación universitaria.
  • No tener titulación oficial relacionada con el puesto de trabajo.
  • No haber superado el límite de duración máxima en contratos de este tipo con la misma empresa.

Desde el lado empresarial, prácticamente cualquier empresa puede hacerlo. Las de menos de 5 trabajadores tienen condiciones algo distintas en la tutorización, como se verá más adelante.

Cuánto cobra el trabajador en 2026

Aquí es donde la gente se lleva más de una sorpresa. El salario no es el SMI completo porque la jornada tampoco es completa en términos de trabajo efectivo. La ley fija que:

  • Primer año: el 65% de la jornada es trabajo real; el 35% restante, formación. El salario mínimo es proporcional al tiempo trabajado.
  • Segundo año: el porcentaje sube al 85% de trabajo y 15% de formación.

Con el SMI 2026 en 1.221€/mes, los números quedan así:

Año del contrato % trabajo efectivo Salario mínimo mensual
Primer año 65% ~794 €/mes
Segundo año 85% ~1.038 €/mes

Estos son los mínimos. El convenio colectivo del sector puede fijar importes superiores, y en ese caso prevalece el convenio. Además, muchas empresas optan por pagar algo más para retener a los candidatos más motivados, cosa que tiene todo el sentido si luego van a convertir el contrato en indefinido.

Qué se ahorra la empresa: las bonificaciones reales

Y aquí viene la parte que menos se explica. Las empresas no solo pagan un salario menor; también tienen bonificaciones directas en las cuotas a la Seguridad Social:

  • Bonificación base: 119 € mensuales sobre la cuota fija de seguros sociales.
  • Bonificación por tutorización: hasta 80 € mensuales adicionales si la empresa tiene 5 o más trabajadores. Si tiene menos de 5, la bonificación por tutorización es de 80 € también, pero con condiciones algo distintas.

En total, una empresa puede ahorrarse hasta 199 euros al mes en cotizaciones. En dos años, eso supone casi 4.800 euros en bonificaciones. No es calderilla.

Y hay más: si al terminar el contrato la empresa decide convertirlo en indefinido, tiene derecho a una bonificación adicional durante 3 años:

  • 1.500 € anuales si el trabajador es hombre.
  • 1.800 € anuales si es mujer.

Es decir, contratar a una mujer joven, formarla y luego convertirla en trabajadora indefinida puede suponer hasta 5.400 euros de ahorro extra a lo largo de los tres primeros años del contrato indefinido. El dato del SEPE aquí sorprende bastante cuando se ve en perspectiva.

Cómo funciona en la práctica: pasos para formalizarlo

Sin rodeos, esto es lo que tiene que hacer una empresa para poner en marcha un contrato de formación en alternancia en 2026:

  1. Elegir la formación: hay que vincular el contrato a una acción formativa concreta. Puede ser un curso del catálogo del SEPE, un certificado de profesionalidad, o un ciclo de FP. La formación tiene que ser compatible con el puesto de trabajo.
  2. Designar un tutor en la empresa: obligatorio desde la reforma. El tutor acompaña al trabajador en su proceso de aprendizaje laboral y firma los informes de seguimiento periódicos.
  3. Firmar el contrato en el SEPE: se formaliza por escrito, indicando la duración, la actividad formativa y los datos del centro de formación.
  4. Comunicar el contrato al SEPE: mediante el sistema RED/Remita, en un plazo de 10 días desde la firma.
  5. Aplicar las bonificaciones en el TC1: las bonificaciones se descuentan directamente en el boletín de cotización mensual.

Novedades del Real Decreto 1065/2025

Desde finales de 2025, las empresas que usan este contrato tienen que cumplir con requisitos adicionales que antes no existían. La verdad es que muchas empresas se enteraron tarde de estos cambios:

  • Límite de contratos simultáneos: el número máximo de trabajadores en formación al mismo tiempo depende del tamaño de la plantilla. Las empresas de hasta 5 trabajadores pueden tener 1; de 6 a 10, hasta 2; a partir de ahí, el 10% de la plantilla.
  • Mayor exigencia documental: los planes de formación deben detallarse con más precisión, y los informes del tutor tienen que entregarse con regularidad. Sin esos documentos, las bonificaciones pueden anularse.
  • Seguimiento formativo reforzado: los centros de formación tienen que reportar la asistencia y el progreso del trabajador. Si el trabajador abandona la formación, el contrato pierde su naturaleza y puede convertirse en un contrato ordinario con sus correspondientes cotizaciones.

Lo que esto significa en la práctica: antes era relativamente fácil firmar un contrato de formación y "olvidarse" del seguimiento. Ahora no. La empresa que no lleva el papeleo al día puede perder todas las bonificaciones y enfrentarse a regularizaciones con la Seguridad Social.

Errores frecuentes que cometen empresas y trabajadores

El primero y más común: confundir este contrato con unas prácticas universitarias o con un convenio de prácticas no laborales. Son cosas distintas. El contrato de formación en alternancia es un contrato laboral con todos los derechos: vacaciones, nómina, alta en la Seguridad Social.

El segundo error habitual es no vincular correctamente la formación. Si la acción formativa no está reconocida oficialmente o no se puede acreditar, la empresa pierde el derecho a las bonificaciones aunque haya firmado el contrato.

El tercero: no convertir el contrato en indefinido cuando tendría sentido hacerlo. Muchas empresas forman a un trabajador durante dos años, aprenden a trabajar juntos, y luego lo dejan ir simplemente por inercia. No saben que la conversión a indefinido tiene sus propios incentivos, como se mencionó antes. Vale la pena hacer los números antes de tomar esa decisión.

Y el cuarto, menos obvio: olvidar que este contrato también puede complementarse con formación bonificada para trabajadores activos. Si la empresa ya usa crédito de formación FUNDAE, puede estructurar parte de la formación del contrato dentro de ese sistema y optimizar aún más los costes.

¿Merece la pena desde el punto de vista del trabajador?

Depende. Si eres menor de 30 años y no tienes titulación en un área concreta, este contrato te da algo que pocas vías ofrecen: cotización a la Seguridad Social y formación oficial al mismo tiempo. Cada mes que trabajas con este contrato cuenta para la prestación por desempleo, para la pensión futura, para todo.

El salario es menor que el de un contrato ordinario, sí. Pero estás pagando, en cierto modo, por adquirir una cualificación profesional reconocida que después sube tu valor en el mercado. Si además la empresa convierte el contrato en indefinido, habrás pasado de no tener título ni experiencia a tener ambas cosas en dos años.

Para quienes están valorando qué camino formativo seguir, tiene sentido compararlo con otras opciones como los cursos gratuitos del SEPE, que no generan cotización pero sí cualificación, o los ciclos de FP con beca, que permiten estudiar sin trabajar. También puedes consultar todo sobre los cursos de FP para el Empleo y cómo inscribirte sin coste.

Qué hacer ahora mismo

Si eres empresa: antes de contratar a tu próximo trabajador joven sin titulación, compara los costes de un contrato ordinario con los de un contrato de formación en alternancia. Los números no mienten. Habla con tu gestoría o con una entidad organizadora de formación para ver qué acciones formativas encajan con tu actividad.

Si eres trabajador: si tienes menos de 30 años y no tienes titulación en el área donde quieres trabajar, pregunta en la empresa si estarían dispuestos a formalizarlo como contrato de formación. No pierdes nada. Muchos empleadores ni siquiera saben que existe esta posibilidad hasta que alguien se la plantea.

Vota éste post

Ver también:

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Subir