Arraigo familiar en España 2026: requisitos, documentación y cómo solicitarlo
- Qué es el arraigo familiar y en qué se diferencia del arraigo social
- Quién puede solicitar el arraigo familiar en 2026
- Requisitos del arraigo familiar en 2026
- Documentación necesaria para el arraigo familiar
- Cómo solicitar el arraigo familiar paso a paso
- Arraigo familiar vs arraigo social: cuál te conviene
- Qué pasa si me deniegan el arraigo familiar
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Preguntas frecuentes sobre el arraigo familiar
- ¿El arraigo familiar da derecho a trabajar?
- ¿Mi hijo español tiene que vivir conmigo para poder solicitar el arraigo?
- ¿Puedo solicitar arraigo familiar si mi hijo nació fuera de España pero es español?
- ¿El arraigo familiar se puede renovar?
- ¿Qué pasa si el familiar español con quien tengo el vínculo fallece durante la tramitación?
El arraigo familiar es una autorización de residencia por circunstancias excepcionales regulada en el artículo 124.3 del Reglamento de Extranjería. Está pensada para extranjeros en situación irregular que tienen vínculos familiares directos con ciudadanos españoles.
La diferencia fundamental con el arraigo social es que no requiere llevar 3 años en España ni obtener un informe de integración social. Los vínculos familiares con un español son por sí solos razón suficiente para regularizar la situación.
Quién puede solicitar el arraigo familiar en 2026
Pueden solicitar el arraigo familiar los extranjeros en situación irregular que sean:
| Supuesto | Requisito de tiempo en España | Documentación principal |
|---|---|---|
| Padre o madre de menor español | 2 años en España | Libro de familia o certificado de nacimiento del hijo español |
| Hijo de padre o madre español | Sin mínimo de tiempo | Certificado de nacimiento propio y del progenitor español |
| Nieto de abuelo/a español | Sin mínimo de tiempo | Árbol genealógico documentado con certificados de nacimiento |
Importante: el cónyuge extranjero de un español NO puede solicitar arraigo familiar — ese caso tiene su propio régimen (reagrupación familiar o residencia por matrimonio con español).
Requisitos del arraigo familiar en 2026
Supuesto 1: padre o madre de menor español
Es el supuesto más común. Para solicitarlo debes cumplir:
- Tener un hijo de nacionalidad española — nacido en España de padre o madre español, o que haya obtenido la nacionalidad española por cualquier vía
- Llevar al menos 2 años en España de forma continuada — acreditados con empadronamiento histórico u otros documentos
- No tener antecedentes penales en España ni en tu país de origen
- Tener a tu cargo al menor o demostrar relación efectiva con él — en casos de separación o divorcio, puede bastar con el régimen de visitas establecido judicialmente
Supuesto 2: hijo de padre o madre español
Si eres extranjero pero tu padre o madre tiene nacionalidad española:
- No se requiere tiempo mínimo de permanencia en España
- Debes acreditar el vínculo de filiación con documentación oficial
- No tener antecedentes penales en España ni en tu país de origen
Supuesto 3: nieto de abuelo o abuela español
- El abuelo o abuela debe tener o haber tenido nacionalidad española de origen
- Debes documentar el árbol genealógico con certificados de nacimiento de cada generación
- No tener antecedentes penales
Documentación necesaria para el arraigo familiar
| Documento | Dónde obtenerlo | Notas |
|---|---|---|
| Formulario EX-10 (solicitud) | Sede electrónica Ministerio del Interior | Rellenar y firmar |
| Pasaporte en vigor | Tu país de origen | Con vigencia suficiente |
| Certificado de empadronamiento histórico | Ayuntamiento | Solo para el supuesto de padre/madre de menor español |
| Antecedentes penales españoles | sede.mjusticia.gob.es (tasa 3,78€) | Obligatorio en todos los supuestos |
| Antecedentes penales del país de origen | Embajada o consulado de tu país | Apostillado y traducido si no está en español |
| Libro de familia o certificado de nacimiento del hijo español | Registro Civil | Para supuesto padre/madre de menor español |
| Certificado de nacimiento propio y del progenitor español | Registro Civil del país correspondiente | Para supuesto hijo de español |
| Certificado de nacionalidad española del familiar | Registro Civil | Si no consta en el libro de familia |
Cómo solicitar el arraigo familiar paso a paso
- Reúne toda la documentación — especialmente los certificados de nacimiento y antecedentes penales del país de origen, que pueden tardar semanas en obtenerse
- Apostilla y traduce los documentos extranjeros si no están en español — la traducción debe ser oficial (traductor jurado)
- Pide cita previa en la Oficina de Extranjería de tu provincia: en sede.administracionespublicas.gob.es
- Presenta la solicitud en persona con toda la documentación
- Espera la resolución — el plazo legal es de 3 meses, pero en la práctica puede tardar entre 3 y 6 meses según la provincia
- Si la resolución es favorable: paga la tasa (modelo 790 código 052) y solicita la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en comisaría
| Característica | Arraigo familiar | Arraigo social |
|---|---|---|
| Tiempo mínimo en España | 2 años (o ninguno si eres hijo de español) | 3 años |
| Informe de integración social | No necesario | Obligatorio |
| Contrato de trabajo | No obligatorio | Obligatorio (o vínculos familiares) |
| Requisito principal | Familiar directo español | Permanencia + integración |
| Autorización que otorga | Residencia y trabajo | Residencia y trabajo |
| Duración inicial | 1 año | 1 año |
Si cumples los requisitos del arraigo familiar, es preferible al social porque no necesitas el informe de integración (que puede tardar meses en obtenerse) y el tiempo mínimo de permanencia es menor.
Qué pasa si me deniegan el arraigo familiar
Los motivos más frecuentes de denegación son:
- Documentación insuficiente para acreditar el vínculo familiar
- Antecedentes penales en España o en el país de origen
- No poder acreditar los 2 años de permanencia (en el supuesto de padre/madre de menor español)
- Documentos extranjeros sin apostilla o sin traducción oficial
Si te deniegan, tienes 1 mes para interponer recurso de reposición ante la Delegación del Gobierno, o 2 meses para recurso contencioso-administrativo. Se recomienda contar con un abogado especializado en extranjería.
Preguntas frecuentes sobre el arraigo familiar
¿El arraigo familiar da derecho a trabajar?
Sí. La autorización de arraigo familiar incluye tanto la residencia como la autorización de trabajo. Puedes trabajar por cuenta ajena o por cuenta propia desde el momento en que recibes la resolución favorable.
¿Mi hijo español tiene que vivir conmigo para poder solicitar el arraigo?
No necesariamente. En casos de separación o divorcio, basta con demostrar una relación efectiva con el hijo. Un régimen de visitas establecido judicialmente o una declaración del otro progenitor pueden ser suficientes.
¿Puedo solicitar arraigo familiar si mi hijo nació fuera de España pero es español?
Sí. Lo que importa es que el hijo tenga nacionalidad española, no dónde nació. Si tu hijo tiene nacionalidad española por ser hijo de padre o madre español, el arraigo familiar es aplicable aunque el menor no resida en España.
¿El arraigo familiar se puede renovar?
Sí. La autorización inicial es de 1 año. Después se renueva por períodos de 2 años. Tras 5 años de residencia legal continuada se puede solicitar la residencia de larga duración, que no tiene límite de tiempo.
¿Qué pasa si el familiar español con quien tengo el vínculo fallece durante la tramitación?
Depende del supuesto. Si eres hijo de un español fallecido, el vínculo de filiación sigue existiendo y la solicitud puede continuar. Si eres padre o madre de un menor español y el menor fallece, la situación es más compleja y requiere asesoramiento jurídico especializado.

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