Alta de empleada de hogar en la Seguridad Social en 2026: cuánto cuesta y cómo hacerla

Dar de alta a una empleada de hogar cuesta desde unos 300€ al mes en cuotas y es obligatorio desde la primera hora trabajada, aunque solo limpie dos mañanas a la semana.

Si tienes a alguien limpiando tu casa, cuidando a tus hijos o atendiendo a un familiar mayor y no la has dado de alta en la Seguridad Social, estás cometiendo una infracción laboral grave, no una simple informalidad. Da igual que sean cuatro horas a la semana o jornada completa: la ley no distingue por horas, distingue entre alta y no alta. Y si algo va mal —un accidente fregando el suelo, una caída en la escalera, una inspección de trabajo que llama a la puerta— la factura la paga quien contrató, no quien trabajó.

Índice
  1. El fallo que comete casi cualquier familia con esto
  2. ¿Quién está obligado a dar de alta a su empleada de hogar?
  3. "¿Y si la contrato como autónoma en vez de darla de alta?"
  4. Cuánto cuesta realmente en 2026
  5. ¿Y si es una empleada interna? Lo que cambia
  6. Cómo hacer el alta paso a paso en Import@ss
  7. Las bonificaciones que muchas familias no piden
  8. Qué pasa si no la das de alta

El fallo que comete casi cualquier familia con esto

No es no darla de alta nunca. Ese caso, la verdad es que cada vez es menos frecuente porque el trámite es rápido y las multas se conocen. El fallo típico es otro: dar de alta solo por las horas "oficiales" y pagar el resto en efectivo por debajo de la mesa, pensando que así se reduce la cuota. Ojo con esto, porque si hay un accidente o una baja médica, la prestación que cobra la trabajadora se calcula sobre la base de cotización real que figura en el sistema, no sobre lo que de verdad gana. Y si Inspección de Trabajo detecta la diferencia entre lo declarado y lo que realmente se paga —algo habitual cuando hay testigos, vecinos o la propia trabajadora reclama—, la sanción se calcula sobre el salario real, no sobre el declarado.

¿Quién está obligado a dar de alta a su empleada de hogar?

Cualquier persona o familia que contrate a alguien para tareas del hogar —limpieza, cocina, cuidado de menores, atención a personas mayores o dependientes, jardinería vinculada a la vivienda— dentro del Sistema Especial para Empleados de Hogar de la Seguridad Social. La obligación nace desde la primera hora de la primera jornada, sin un mínimo semanal que la excuse. Si la trabajadora presta servicios para varias familias distintas, cada una de ellas debe darla de alta por las horas que le corresponden a cada casa, no solo la que más horas le da.

El alta la tramita quien contrata (el empleador o cabeza de familia), no la trabajadora. Esto sorprende a mucha gente que da por hecho que, como en cualquier empleo, es la empresa la que se ocupa del papeleo sin que el particular tenga que aprender a usar un sistema de la Seguridad Social. Aquí no hay departamento de recursos humanos: el que contrata es, a todos los efectos legales, el empleador.

"¿Y si la contrato como autónoma en vez de darla de alta?"

Esta pregunta aparece muchísimo, y la respuesta corta es: casi nunca es legal hacerlo así. Para que una persona que limpia o cuida en tu casa pueda facturarte como autónoma, tendría que actuar con independencia real —poner sus propios horarios, sus herramientas, trabajar para varios clientes sin subordinación a ninguno en particular—. Si tú le dices cuándo empezar, qué hacer y cómo, existe una relación de dependencia laboral, y da igual que ambas partes prefieran una factura a una nómina: la Inspección de Trabajo mira la realidad de la relación, no el papel que la disfraza. Fuera de casos muy concretos (una empresa de limpieza externa que factura por servicio, por ejemplo), lo habitual es que la relación deba tramitarse como empleada de hogar.

Cuánto cuesta realmente en 2026

Esta es la pregunta que más se busca, y la respuesta corta —"depende"— no ayuda a nadie a hacer números. Vamos a lo concreto. El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) de 2026 es de 1.221€ al mes en 14 pagas, lo que equivale a 1.424,50€ mensuales si se prorratea en 12 pagas. Para una jornada completa de 40 horas semanales pagada al SMI, la cuota total de la Seguridad Social asciende a 408,41€ al mes: 317,24€ los paga el empleador y 91,17€ se descuentan de la nómina de la trabajadora.

Esa cuota se reparte entre varios conceptos, no es un número único:

Concepto Tipo aplicado
Contingencias comunes 28,30% (23,60% empresa + 4,70% trabajadora)
Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) 0,90%, repartido entre ambos
Desempleo, FOGASA y contingencias profesionales Porcentajes adicionales sobre la base

La Orden PJC/297/2026, de 30 de marzo, mantiene el sistema de ocho tramos de cotización según la retribución mensual real que se declare, con un tope máximo de base de cotización de 5.101,20€ al mes para 2026. Si trabajas menos horas, la cuota baja proporcionalmente, y el propio simulador de Import@ss calcula el importe exacto antes de confirmar el alta, así que no hace falta hacer la cuenta a mano ni fiarse de una tabla genérica que puede no encajar con tu caso concreto.

Un ejemplo práctico ayuda más que cualquier tabla: si contratas a alguien 15 horas a la semana en lugar de las 40 de jornada completa, la cuota se mueve, a grandes rasgos, en proporción a las horas: en torno a 150-160€ al mes en total, repartidos entre lo que pones tú y lo que se descuenta del sueldo de la trabajadora. Es una cifra orientativa, no exacta, porque el sistema de tramos no siempre es estrictamente lineal —por eso insistimos en que confirmes el número real en el simulador antes de dar nada por cerrado con la trabajadora.

¿Y si es una empleada interna? Lo que cambia

Si la persona vive en el domicilio (régimen interno), hay una regla que mucha gente pasa por alto: el alojamiento y la manutención pueden formar parte del salario en especie, pero solo sobre lo que exceda el SMI, nunca descontando del mínimo. Es decir, los 1.221€ mensuales del SMI 2026 tienen que llegar en dinero, sí o sí, a la cuenta de la trabajadora. Y ese salario en especie, cuando se pacta, no puede superar el 30% de la retribución total. Si alguien te dice que puede "compensar" parte del sueldo mínimo con cama y comida, está mal informado —o te está informando mal a propósito.

Cómo hacer el alta paso a paso en Import@ss

El trámite se hace online en el sistema Import@ss de la Tesorería General de la Seguridad Social, y en la práctica lleva menos de diez minutos si tienes los datos a mano:

  1. Accede a Import@ss con certificado digital, Cl@ve PIN o Cl@ve permanente. Si nunca has hecho ningún trámite online con la Administración, este es el momento de sacarte el certificado, porque lo vas a necesitar también para otras gestiones como empleador.
  2. Selecciona la opción de alta en el Sistema Especial de Empleados de Hogar.
  3. Introduce los datos de la trabajadora: DNI o NIE, y su número de afiliación a la Seguridad Social si ya lo tiene de un trabajo anterior. Si es la primera vez que trabaja en España, el propio sistema lo genera al tramitar el alta.
  4. Indica la fecha de inicio, las horas semanales pactadas y el salario mensual acordado.
  5. Revisa la cuota que calcula el simulador antes de confirmar. Ahí verás el desglose exacto de lo que pagará cada parte.
  6. Confirma el alta. A partir de ese momento, la Seguridad Social gira los recibos mensuales por domiciliación bancaria.

Si prefieres hacerlo en persona, también puedes pedir cita previa en la Seguridad Social, aunque la cola suele ser más larga que resolverlo tú mismo desde casa. Sin rodeos: si tienes certificado digital o Cl@ve, hazlo online, es más rápido y te ahorras un desplazamiento.

Las bonificaciones que muchas familias no piden

Aquí es donde más dinero se deja sobre la mesa por desconocimiento. Todos los empleadores de hogar tienen derecho, sin pedirlo aparte porque se aplica de forma automática en la mayoría de los casos, a una reducción del 20% en la cuota de contingencias comunes, más una bonificación del 80% en la cuota de desempleo y otro 80% en la de FOGASA. Eso ya rebaja de forma notable el coste real frente a lo que paga una empresa normal por un trabajador con el mismo salario.

Las familias numerosas tienen una reducción todavía mayor: hasta el 45% en contingencias comunes en lugar del 20% general, aunque esta bonificación ampliada tiene condiciones ligadas a cuándo se solicitó por primera vez, así que si tu situación ha cambiado recientemente conviene comprobar en Import@ss qué porcentaje te corresponde exactamente antes de dar nada por supuesto. No te la juegues asumiendo el porcentaje que le contaron a un vecino: cada caso familiar puede tener matices distintos.

Qué pasa si no la das de alta

La Inspección de Trabajo puede imponer sanciones de hasta 10.000€ por cada trabajadora no declarada, según el artículo 22 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS). Y eso es solo la parte administrativa. Si hay un accidente durante la jornada —una caída, un corte, un golpe— sin alta no hay cobertura de accidente de trabajo, y las responsabilidades civiles pueden recaer directamente sobre la familia empleadora, con importes que no tienen nada que ver con el ahorro de unos meses de cuota sin declarar. La relación coste-riesgo, cuando se mira con calma, no compensa a nadie.

Antes de cerrar esta página, comprueba estos puntos:

  • ¿Has calculado la cuota real en el simulador de Import@ss, no en una tabla genérica de internet?
  • ¿Tienes certificado digital o Cl@ve para hacer el trámite online, o vas a necesitar cita presencial?
  • ¿Sabes si tu situación familiar te da derecho a la bonificación ampliada del 45%?
  • ¿Está declarada la jornada real, no solo una parte de las horas trabajadas?

Si alguna de estas respuestas te deja dudas, resuélvelas antes de empezar a pagar en negro una parte del sueldo: sale más caro arreglarlo después que hacerlo bien desde el primer día.

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